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Año: 1863, Fallos: 1:38 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CAUSA VI.
D. Aaron Castellanos en su calidad de síndico del concurso forma-do 4 los bienes de D. José Rabassa y Pol, y dando voz y caucion de rato et grato por el otro sínd:co, se presenta 3 la Suprema Corte de Justicia, esponiendo que la Excelentísima Cámara de Justicia de la Pro-vincia de Santa-Fe no solo le habia negado los recursos de nulidad é injusticia notoria entablados contra uno de sus fallos en esta causa, sinó que tambien prohibió se recibiera mas escritos de los síndicos.

Que ese fallo violaba abiertamente el artículo cien de la Constitucion Nacional, pues que declaraba que las últimas palabras de él» « 6 sus vecinos » debia mirarse como no existentes, y que por esta razon ocurria A la Suprema Corte por los recursos de apelacion 6 nulidad; é invocando la segunda parte del inciso 20, artículo 70 y su concordanté, artículo 23 de la ley nacional de 46 de Octubre de 1862, pedia se librase el correspondiente despacho 4 la Exma. Cá-mara de Justicia de Santa-Fe para que remitiera los autos, con los que asegura demostrar las infracciones de la Constitucion en ellos cometidas.

En este escrito recayó el signiente :

Fallo de la Suprema Corte.

Buenos-Aires, Enero 9 de 1864:

Autos y vistos :—Don Aaron Castellanos diciéndose uno de los síndicos del concurso formado 3 los bienes de Don José Rabassa y Pol, se queja de que la Excelentísima Cámara de Justicia de la Provincia de Santa-Fe ha denegado un recurso de nulidad é injusticia notoria, que el procurador del concurso interpuso de un auto definitivo de dicho Tribunal en la parte que deciara válida una hipoteca otorgada 3 favor de Don Jaime San Miguel; y de que le ha impedido apelar de aquella denegacion para ante la [Suprema Corte por haber prohibido que se reciba mas escrito de los síndicos: agrega tambien que

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Año: 1863, CSJN Fallos: 1:38 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-1/pagina-38

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