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Año: 1918, Fallos: 128:237 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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de sucesión testamentaria regidos por el artículo 3.284 del Código Civil.

Por ello y conforme con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, se «declara Juez competente para conocer en la ejecución de la referencia al del concurso abierto en esta Capital, al que se remitirán los autos y ante el que se repondrá' el papel, avisándose al señor Juez de San Luis en la forma de estilo.

A. BeruEJO. — D. E. Paracio.

— J. Ficveros ALCORTA, En la misma fecha, se dictó igual resolución en la contienda de competencia suscitada entre el mismo Juez en lo Civil de la Capital y otro de igual categoría de San Luis para conocer en el juicio seguido por el doctor Rómulo Foncueva, contra el mismo demandado, por idéntica causa.

Banco Hipotecario Nacional, en antos con don Antonio D.

Fubbio, sobre protocolización de un título. — Recurso de hecho.

Sumario: Procede el recurso extraordinario del artículo 14.

ley 48 contra una resolución centraria al derecho fun- .

dado en los artículos 7, 104 y 105 de la Constitución Nacional y en la ley número 44. " Caso: Lo explican las piezas siguientes:

DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL .
Buenos Alres, Junio 12 de 1918, Suprema Corte:

El Banco Hipotecario Nacional funda su demanda en Ja inteligencia que atribuye a los artículos 7, 104 y 105 de

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Año: 1918, CSJN Fallos: 128:237 
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