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Año: 1926, Fallos: 146:122 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Don Amadeo Zorraguieta y don Arturo Funes, en el juicio seguido por la Municipalidad de Godoy Cruz, contra cl Ferrocarril Pacífico, sobre cobro de pesos.

Sumario: 1.° Procede el recurso extraordinario del articulo r4, ley 48. contra una decisión de un tribunal de última instancia favorable a la validez de disposiciones de una constitución provincial impugnadas por el recurrente, por considerar que ellas invalidan las atribuciones del Congreso Federal, a quien corresponde, exclusivamente, legislar sobre las instituciones del Código Civil; sin que sea óbice la circunstancia de tratarse de la denegación de un pedido de embargo en un juicio ejecutivo cuando, como en el caso, ello importa resolver sobre puntos que no pueden ser después, útilmente discutidos en el juicio ordinario respectivo y — ° ° cuyos efectos posibles sobre el resultado del litigio dan fuerza definitiva a la resolución dictada.

2 El precepto del artículo 108 de la Constitución no deja lugar a duda en cuanto a que todas las leyes que estatuyen sobre las relaciones privadas de los habitantes de la República, siendo del dominio-de la legislación civil o comercial, están comprendidos entre las facultades de dictar los Códigos fundamentales que la Constitución atribuye exclusivamente al Congreso, 3 La Constitución de Mendoza, al substraer a la provincia o a las municipalidades de la acción de la justicia, en virtud de la excepción que los artículos 40 y 202, inciso 9." de Ir misma consagra a favor de ellas en cuanto a la forma y modo de hacer efectivas sus deudas, ha estatuido sobre materia que es del resorte exclusivo del Congreso.

En consecuencia, la sanción legal establecida en los referidos preceptos de la Constitución de la Provincia de Mendoza se halla en pugna con la legislación de fondo dictada

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Año: 1926, CSJN Fallos: 146:122 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-146/pagina-122

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