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Año: 1928, Fallos: 150:353 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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federal del Rosario tiene por objeto precisamente la porción C.

del plano N" 1, la misma que según la sentencia en recurso, corresponde al dominio de los señores Windels y otros y no a don Emilio Moreno contra quien se siguió el juicio de expropiación anterior. Y tal conclusión de hecho derivada de la aplicación e interpretación de disposiciones de derecho común y de prueba, es irrevisable por esta Corte en el recurso extraordinario.

Que esto sentado, la circunstancia de que la escritura púLlica otorgada al Ferrocarril de la Provincia de Buenos Aires en el juicio de expropiación, comprenda y se refiera a la fracción C- del plano N° 1, no constituye título sufciiente para fundar el derecho alegado por la empresa en el juicio de reivindicación en relación a sti verdadero propietario. Desde luego, porque aún en la hipótesis de que en la intención de la sentencia de la Cámara Federal del Paraná la franja de terreno en cuestión hubiera sido transferida en pleno dominio al ferrocarril, ella estaba sujeta a una condición cual era la de que su propiedad correspondiera al expropiado, como expresamente lo establece la parte dispositiva del fallo de aquel tribunal. Y entretanto, las conclusiones de la sentencia en el juicio actual tramitado con citación de los expropiados, al declarar el dominio en favor de los reivindicantes, implicitamente ha desconocido el de aquéllos sobre la susodicha franja, lo que por cierto autoriza a concluir que no se ha cumplido la condición impuesta por la sentencia de expropiación.

Que esto es tanto más exacto si se tiene en cuenta que la condición puesta en la sentencia de la Cámara Federal del Paraná reconoce una explicación que es definitiva para la apreciación del título cn que la empresa funda su derecho. En efecto, iniciado el juicio de expropiación, el ferrocarril excluyó expresa- a mente del inmueble materia de la expropiación la fracción de terreno ubicada en el extremo Noroeste de aquél y ante una observación del expropiado en el sentido de que por quedar tal fraccción imtilizada o perjudicada debia comprendérsela en la expropiación, el ferrocarril mantuvo la exclesión dando las razones de que informa el escrito de fs. 44. Y como en realidad la

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Año: 1928, CSJN Fallos: 150:353 
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