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Año: 1934, Fallos: 171:79 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Hagase saber, repóngase el papel y en su oportunidad devuélvanse, Rostro RerErto, — ANTONIO SaGARNA, — JULIÁN V. Pera. — Luis LINARES, — DB. A. Nazar

ANCHORENA,
Don Carlos Sardi y otros contra la Provincia de Mendoza, por devolución de sumas pagadas por concepto de impuesto 4 la meva.

Sumario: Las leyes 866, 886 y 933 de la Provincia de Mendoza que gravan con impuesto la uva que se cosecha y el vino que se elabora en ese Estado, no son contrarias a los artículos 9, 10. 11,67 y 108 de la Constitución Nacional, ni en cuanto a la imposición, ni con relación a la oportunidad en que se aplica.

El Decreto del Poder Ejecutivo de ln Provincia de Mendoza de fecha 2 de Febrero de 1929 que exime de impuesto a la uva de mesa de consumo interno, gravando la destinada a salir de la provincia, atenta contra los principios contenidos en los artículos 9, 10, 11, 67 y 108 de muestra Carta Fundamental, Caso: Lo explican las piezas siguientes :


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

En la presente demanda sobre devolución de sumas abonadas a la provincia de Mendoza en concepto de impuestos a !a tiva, se ha puesto en cuestión la validez de las leyes de dicha pro

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Año: 1934, CSJN Fallos: 171:79 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-171/pagina-79

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