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Año: 1939, Fallos: 184:360 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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más ajustado a derecho atribuir el carácter de "gastos" a los honorarios que aquellos devenguen. Encuentro excesivo obligar al Banco Central a que mantenga procurador y abogado a sueldo permanente, pues no de otra suerte pudiera reputársele "funcionarios", en cada una de las circunseripciones judiciales del país donde eventualmente pueda producirse la quiebra de un Banco. — Buenos Aires, marzo 24 de 1939. — Juan Alvarez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, agosto 9 de 1939.

Y Vistos: El recurso extraordinario concedido al Banco Central de la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial y Criminal de Mendoza que corre a fs. 18, en el concurso del Banco Italo Español Argentino, y .

Considerando:

Que es condición indispensable para que esta Corte Suprema pueda pronunciarse, sea originariamente, sea en recurso, que se haya producido el caso contencioso, :

en que exista o pueda existir un derecho lesionado que el pronunciamiento deba reparar.

Que la sentencia recurrida no decide ningún caso producido ya, y se limita a marcar una norma para lo futuro decidiendo una consulta o autorización que el Banco Central propusiera al Juzgado de Comercio de Mendoza sobre el ejercicio de ciertas facultades de que el Banco se considera investido en virtud de la ley nacional n? 12.156.

Que es un principio legal y doctrinario, constantemente confirmado por la jurisprudencia, que la justicia

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Año: 1939, CSJN Fallos: 184:360 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-184/pagina-360

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