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Año: 1942, Fallos: 192:108 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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vados como mejor informe por el tribunal de la causa; repóngase el papel y archívese, Axtoxio Sacanxa — B. A, NaZAR ANCHORENA — PF, Ramos MeJía.


ALEJANDRO BLANCO v. CORPORACION DE TRANS-

PORTES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Materia ajena. Leyes comunes.

Comerciales, — Constituciones y leyes locales, Administrativas.

La interpretación de las leyes Nros. 11.729 y 11.110 no basta para sustentar el recurso extraordinario, dado el carúeter de ley común que reviste la primera y el aleanee local que en el caso tiene la segunda, RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal Concepto. — Casos. Constitución Nacional.

La interpretación inconstitucional de leyes comunes y lotales puede constituir fundamento bastante del recurso exinario cuando la euestión planteada al respeeto no es trivial y obviamente ineficaz para modificar el pronuneiamiento reeurrido, RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Cusos. Constifución Nacional, , Procede el recurso extraordinario fundado en que la interpretación de las leyes Nros. 11.729 y 11.110 en que se apoya la sentencia apelada es lesiva de la igualdad en detrimento del apelante, en cuanto le niega un derecho que le acuerda la ley común y exonera a la demandada de un gravamen que pesa sobre los demás empleadores.

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad, Leyes nacionales. Jubilaciones.

DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Igualdad.


EMPLEADOS DE EMPRESAS PARTICULARES.
La cireunstancia de que el estatuto de los operarios de empresas cuya naturaleza ha requerido una legislación espesa —eomo la ley N" 11.110, en el enso— sea distinta derecho común —la le N' 11,729— no constituye violación del principio tucional de la igualdad.

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Año: 1942, CSJN Fallos: 192:108 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-192/pagina-108

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