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Año: 1942, Fallos: 192:188 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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A 105 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, marzo 20 de 1942.

Y Vistos: Los autos "Fiscal v. Florencio Guiffar y otros, por infracción a la ley N" 12.148, art. 35", venidos por el recurso extraordinario interpuesto a fs.

139 por el defensor del procesado Jorge Balmaceda y concedido a fs. 140, contra la sentencia dictada a fs. 133 por la Cámara Federal que, fundada en la interpretación de los arts. 1" y 3" de la ley N° 11.585, rechaza la preseripción de la acción penal invocada por la defensa y condena al reo a sufrir un año y seis meses de prisión, que se deja en suspenso, doble tiempo de inhabilitación, a pagar una multa de siete mil pesos moneda nacional, y al comiso de los alambiques y materia secuestrada en fraude, con costas, como autor del delito previsto y penado en los arts. 35 y 42 de la ley núm.

12.148.

Considerando:

Que el tribunal superior de la enusa reconoce —fs.

134— que conforme al criterio sustentado por esta Corte Suprema en Fallos: 183, 273, en el caso de autos hallaríase preseripta la acción respecto de la pena privativa de libertad por haberse cumplido el término fijado por el art. 62, ine, ? del Código Penal, si bien quedaría subsistente la acción respecto de la pena de multa, por no haber vencido el plazo señalado en el art.

1 de la ley N° 11.585, Insiste, no obstante, en provocar un nuevo pronunciamiento sobre la enestión, por las razones de orden doctrinario que la conducen a una solución opuesta.

Que en el fallo de referencia, esta Corte Suprema después de examinar los términos de la ley N° 11.585

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Año: 1942, CSJN Fallos: 192:188 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-192/pagina-188

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