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Año: 1943, Fallos: 197:62 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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—e FALLOS DE LA CORTE SUPREMA p h DICTAMEN DEL PROCURADOR CIENERAL a + Suprema Corte:

Por fallo de fecha 19 de abril de 1926, la Cámara Federal de esta Capital concedió jubilación por invalidez al empleado ferroviario Serafín Olivieri, ordenando se la liquidase "con arreglo a la ley" (fs. 34); y en cumplimiento de dicha sentencia, la Caja fijó el baber jubilatorio cn la suma de $ 195,66, ajustándose a las disposiciones de las leyes 10.650 y 11.308, entonces vigentes (fs. 40).

Con arreglo a lo dispuesto por el art. 1" de la ley 12.154, en 22 de abril de 1935 se reajustó el monto del beneficio, quedando éste fijado en la actualidad en pesos 131,98 (fs. 77). No consta de autos que Olivieri formulara reparo alguno en tal oportunidad.

Habiendo sancionado el Congreso la ley 12.825, se procedió a reajustar otra vez el haber de la jubilación, — limitándolo a $ 78,43 con importe líquido de $ 72,16 fs. 79) ; y como en esta ocasión Olivieri apelara alegando que la sentencia de fs. 34 hacía cosa juzgada, se ha puesto en tela de juicio si la ley 12.825 pudo disJ minuir válidamente el monto fijado en 1926, en cumplimiento de dicha sentencia. La Cámara, en 20 de agosto ppdo. (fs. 98) ha desestimado la pretensión de Olivieri, declarando que la sentencia aludida se refirió a la existencia de causal de jubilación, y no al monto de la, misma, cuestión que no había sido materia de litigio. Al mismo tiempo, admitió que la ley nueva , pudo rebajar el monto de la jubilación; máxime cuando, como queda dicho, Olivieri consintió el reajuste de 3 1935 (fs. 77).

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Año: 1943, CSJN Fallos: 197:62 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-197/pagina-62

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