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Año: 1943, Fallos: 197:65 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 65 | FALLO DE LA CORTE SUPREMA 3 Buenos Aires, 8 de octubre de 1943.

Y vistos: Los seguidos por T. D. Real y Taylor > por doña Sara Lynch de Christophersen contra la Provincia de Entre Ríos por cobro de pesos, de cuyo es- " tudio resulta:

A fs. 3 se presenta el citado apoderado y expresa:

que por ley de junio 16 de 1884 se creó el Banco Pro.

vincial de Entre Ríos, con carácter mixto, esto es, de accionistas particulares y del gobierno local, que debía durar 40 años, a contarse desde el día de su insta-_lación; pero su duración dependería delo que resolviera la asambica general de accionistas, según lo establecicron la ley y los estatutos sociales. Se emitieron acciones que se iban cubriendo por cuotas que según referencias llegaron hasta la séptima, habiendo el señor Eduardo B. Legarreta suscripto 25 acciones de cien pesos oro cada una, conforme con el certificado provisorio núm. 1487 que acompaña, el que comprueba que se pagó la sexta cuota el 23 de julio de 1892. En noviembre de 1894 por ley núm: 1569 la Legislatura de Entre Ríos declaró al Banco de propiedad fiscal, lo oficializó con un capital de 9 millones y mandó que el Poder Ejecutivo procediera a retirar los certificados de acciones suscriptos por particulares, a cuyo fin quedaban declarados de utilidad pública, debiendo pagarse a sus dueños, en dinero efectivo, a razón de $ 85,50 oro por cada uno en que se hubiera satisfecho hasta la séptima cuota, o sea el 75 de su valor nominal, siendo los demás, con menos cuotas cu- j biertas, reembolsados con arreglo a lo pagado. Se de

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Año: 1943, CSJN Fallos: 197:65 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-197/pagina-65

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