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Año: 1944, Fallos: 199:477 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLOS DE LA CORTE SUPREMA És dido al actor el recurso extraordinario contra la sen tencia de fs. 95,.que declara la incompetencia de la justicia federal.

Considerando:

Que la circunstancia de que la Nación sea parte en un juicio no basta por sí sola para determinar la procedencia del fuero federal.

Que, en efecto, esta Corte ha declarado reiteradamente que del mismo modo que cada provincia se da sus propias instituciones y se rige por ellas con entera independencia de las demás, la Capital de la Nación se halla gobernada por la legislación exclusiva del Congreso según el art. 67, inc. 27, de la Constitución Nacional y se encuentra organizada en lo judicial como un gobierno propio e independiente y de jurisdicción amplia y completa en todo lo que es de régimen local Fallos: 48, 71; 119, 291; 193, 350; 194, 417). Y en otras | sentencias, examinando el sentido y alcance de los arts.

67, inc. 27; 86, ines. 2" y 3", y 100 de la Constitución Nacional; 2, ines. 1° y 6", de la ley 48; 111, ines. 1° y 5", de la ley 1893; 3" y 27 de la ley 4055, ha establecido que no compete a los tribunales federales sino a los ordinarios el conocimiento de las causas relacionadas con el ejercicio de los poderes propios del gobierno local de la Capital atribuídos a las autoridades nacionales por los arts. 67, ine. 27, y 86, inc. 3, de la Constitución, a semea janza de los que corresponden a las autoridades de las provincias dentro de sus respectivos territorios (Fallos: 110, 148; 123, 158; 184, 59).

| Que si bien es cierto que la última parte del art.

111, inc. 5", de la ley 1893, se limita a exceptuar las ac ciones fiscales por cobro de rentas o impuestos que sean exclusivamente para la Capital, también corresponde | advertir, y así se hizo en Fallos: 184, 59, que esa dis

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Año: 1944, CSJN Fallos: 199:477 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-199/pagina-477

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