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Año: 1946, Fallos: 204:622 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 24 de mayo de 1946.

Y vistos los autos Juan Baimler sobre infracción al art. 2' de la ley núm. 11.386, en los que se ha concedido el recurso extraordinario interpuesto a fs. 19 contra la sentencia dictada a fe. 17 por la Cám. Fed. de Apel. de la Capital.

Considerando:

Que el recurso extraordinario es procedente porque se cuestiona la inteligencia de una norma federal y la sentencia definitiva de fs, 17 contraría el derecho que el recurrente invoca al amparo de ella.

Que el decreto 864 del 16 de enero de 1945, amnistió "a los argentinos nativos de los territorios nacionales, infractores al art. 2° de la ley 11.386 que se enrolen dentro del tiempo comprendido entre la fecha de él hasta el 31 de diciembre de 1946"", Esto se dispuso contemplando la situación de quienes por falta de inscripción de su nacimiento no se habían enrolado en la debida oportunidad. Es lo que se enuncia en los fundamentos pero no es lo que el decreto dispone, puesto que no restrinje la amnistía a los infractores que se enrolen dentro del período fijado por el mismo en razón de que la falta de inscripción del nacimiento les bubiera impedido hacerlo antes. Posteriormente, estimando el P. E. injusta la situación de quienes, siendo también nativos de los territorios, se habían enrolado tardíamente pero antes de entrar en vigencia el decreto 864, dicta el 16.329, del 21 de julio de 1945, por el cual se agrega al anterior como segundo párrafo del art. 1° lo

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Año: 1946, CSJN Fallos: 204:622 
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