Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1950, Fallos: 217:664 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

esas actuaciones ni en los expedientes judiciales puede fundarse una nulidad porque el magistrado haga refrendar por cualquiera de sus Actuarios las resoluciones que dicta.

Finalmente tampoco aparece viciado el -auto de fs. 26/27, de donde se pretende derivar la nulidad de las actuaciones posteriores, ya que se trata de un decreto de ordenamiento, no de la sentencia a que alude únicamente el art. 157 del RR. P, F. 6, y en cuanto a la presunta ausencia de mención de la leyenda "Año del Libertador General San Martín" aparece suplida con el sello colocado en la parte superior de las fojas y como se ha dicho ya por este Tribunal ni la ley de honras ni el Decreto Reglamentario invalidan los actos que no lleven tal leyenda.

Por ello ni como recurso ni de oficio ha de prosperar la nulidad que se pretende.

2") El segundo recurso, que ha sido concedido expresamente, es el de apelación y ello lleva a considerar el auto en sí mismo. , No cabe duda de que la procesada Rosa Jasovich de Hardy, incluso por su propia confesión, llevaba en la- cartera los volantes secuestrados y agregados a la causa.

Tampoco puede caber duda, teniendo en cuenta la filiación política reconocida también por la prevenida, y la posición que la ideología de tal tendencia está llevando actualmente a la práctica, como asimismo su ubicación frente a la Nación Norteamericana, lo que se robustece incluso por las expresiones de la defensa a fs. 55; que esos volantes se refieren a la presencia del Secretario Adjunto de Estado de los EE. UU., es decir al Sr. E. Miller.

Malgrado tal evidencia, que se impone a las mentes menos suspicaces, no ha de poder considerarse que en los nanfletos hallados en poder de la procesada se haga una referencia concreta a aquel funcionario, que permita individualizarlo como el ofendido, "n los alcances y con los requisitos que exige un procedimiento sancionador. " Que, ello no obstante, la presencia de esos elementos en la cartera de la prevenida revela, igualmente a las mentes menos inclinadas a la sospecha, que la Sra. de Hardy estaba atareada en actividades de acción política inmediata y que su ánimo distaba de ir encausado hacia el sosegado reclamo de su maternidad atemorizada por los conflictos bélicos.

Por consiguiente no sorprende que la coincidente expresión de los empleados policiales, expresión que tiene la homogeneidad que surge de la verdad, que es siempre una sola, y

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

5

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1950, CSJN Fallos: 217:664 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-217/pagina-664

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 217 en el número: 664 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com