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Año: 1950, Fallos: 217:672 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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HORACIO MACKINLAY
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos.

El punto referente a la validez de la notifi cación° practicada en los autos configura una cuestión procesal y de hecho, ajena al recurso extraordinario (').

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio, Procedimiento y la, La garantía de la defensa en juicio no requiere la doble instancia judicial (2).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación di recta. Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales.

La garantía constitucional de la defensa en juicio no guarda relación directa con la cuestión procesal y de he cho referente a saber si es o no válida'la notificación telegráfica del fallo final de la Cámara de Apelaciones del Trabajo de la Capital practicada en el domicilio consti.

tuído del cual la recurrente afirma que se había mudado con anterioridad y que por ello el respectivo telegrama no pudo ser entregado.


MEYER BURIN Y OTROS
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia.

Intervención de la Corte. Suprema.

Aun cuando los tribunales entre los cuales se ha trabado una contienda negativa de competencia estén de acuerdo en calificar como encubrimiento a los hechos que han dado origen al proceso, si las circunstancias acreditadas en él ponen de manifiesto prima facie de Depa de los procesados en el delito principal, que la Corte Suprema deelare la competencia del tribunal que conoce de este último, aunque no sea uno de los que se hallan en conflicto.

(1) 14 de agomto.

2) Fallos: 215, 156.

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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:672 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-217/pagina-672

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