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Año: 1952, Fallos: 224:234 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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NACION ARGENTINA (M, O. P.) v. REMIGIO
GONZALEZ MORENO (H.)
EXPROPIACIÓN: Indemnización: Determinación del valor real.

Corresponde confirmar la sentencia apelada si no hay en autos fundamento para aumentar el precio que fija a los terrenos expropiados, sobre la base de las apreciaciones del Tribunal de Tasaciones de la ley 13.264, y las razones invocadas por ambas partes para modificarla no son convincentes, PRUEBA: Testigos.

La prueba testimonial no puede aceptarse para recibir opiniones o apreciaciones, pues ésta es misión de los peritos y no de los testigos, que deben referirse siempre a hechos, j EXPROPIACIÓN: Indemnización. Otros daños.

El resarcimiento al propietario del fundo expropiado no debe comprender partida alguna en concepto de desvalorización que la moneda pueda haber experimentado en el fepar irauecurido entreda: ecppación el bien y la sentencia.

EXPROPIACIÓN: Indemnización. Generalidades.

La indemnización mo teme por chjeto reintegrar al dute del bien a una situación idéntica a la que E altera o destruye, y, para ser justa, no es le que ponga al expropiado en condiciones de sustituir el bien de que se le priva por otro igual.

EXPROPIACIÓN: Indemnización. Determinación del valor veal.

Respecto al mayor valor que se pretende como consecuencia de las obras de rectificación del Riachuelo, corresponde excluir como factor de estimación la incidencia de la mencionada obra pública en el proceso de valorización del inmueble expropiado.

EXPROPIACIÓN: Indemnización. Determinación del valor real.

La circunstancia de que el inmueble expropiado hubiere sido objeto de un proyecto de loteo por parte de su propietario, no autoriza a ser considerada para su justiprecio,

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Año: 1952, CSJN Fallos: 224:234 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-224/pagina-234

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