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Año: 1956, Fallos: 234:383 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DICTAMEN DEL PrOCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Surge de autos que Eduardo F. Mendilaharzu promovió demanda contra la Caja Nacional de Ahorro Postal, en su carácter de aseguradora de un camión perteneciente al Gobierno Nacional, por daños y perjuicios ocasionados a raíz de que dicho enmión embistió a un automóvil de propiedad del actor. .

Habiéndose declarado incompentente en sus dos instancias, tanto la justicia nacional en lo civil y comercial especial, como la justicia nacional de paz, ambas de esta Capital, el actor recurre ante V. E. invocando el art. 24, ine, 8", de lu ¡ey 13.998 que autoriza la intervención de la Corte en los casos en que se está frente a una efectiva denegación de justicia.

Entiendo que tal situación se halla configurada en el sub-judice y que por tanto es procedente que V. E.

señale el magistrado que estime con competencia para conocer en esta causa.

Dicho magistrado, de acuerdo con el art, 42, inc. a), de la ley 13.998, lo es el Juez Nacional de Paz Letrado de esta Capital, Correspondería, en consecuencia, resolver en este sentido la presente contienda. — Buenos Aires, 9 de diciembre de 1955. — Sebastián Soler.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de abril de 1956.

Vistos los autos: "Mendilaharzu Eduardo F. e/.

Caja Nacional de Ahorro Postal s/. daños e intereses"', en los que a fs, 25 se ha concedido el reenrso extraordinario.

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Año: 1956, CSJN Fallos: 234:383 
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