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Año: 1956, Fallos: 236:291 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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plan de huelga concertado y dirigido desde la Capital Federal.

La situación que se trata de resolver es, pues, similar a la del caso " Attia Emilio y otros s/. violación de correspondencia — C. de Competencia" (C. 669, 1. XII), fallado el 3 de mayo ppdo. de conformidad con la opinión del suscripto.

En consecuencia, dando aquí por reproducidas las consideraciones que expuse al dictaminar en esa ocasión, estimo que el Juez Nacional de San Martín debe seguir conociendo de los hechos ocurridos en la estación transmisora de Hurlingham de la Compañía Internacional de Radio S. A. — Buenos Aires, 5 de noviembre de 1956. — Sebastián Soler.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de noviembre de 1956.

Autos y vistos; considerando:

Que las actuaciones enviadas al Tribunal se refieren a hechos que podrían constituir los delitos previstos en los arts. 158 y 197 del Código Penal, según la querella promovida por el Sr. Procurador Fiscal a fs. 72 del expediente n" 1153/56. Que hasta ahora, las constancias de dichos autos sólo revelan hechos individuales aislados, sin vinculación con medidas que hubieran podido ser adoptadas en tal sentido por las autoridades centrales del gremio respectivo con sede en la Capital Federal (fs. 76, 77 Via, 79 via., 89, 91 vía., 95, 96 vta., del proceso citado).

Que, por consiguiente, el conocimiento de esos hechos corresponde a los jueces con jurisdicción sobre los lugares en que fueron cometidos (Constitución Nacional, art. 102; Código de Procedimientos en lo Criminal, art. 19; Fallos: 234, 71 y 605).

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Año: 1956, CSJN Fallos: 236:291 
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