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Año: 1956, Fallos: 236:296 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ENRIQUE MARCHESE
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia.

Intervención de la Corte Suprema, Nada impide a la Corte Suprema que, a fin de declarar la competencia del tribunal que realmente la tenga, examine todas las circunstancias de la causa que puedan influir en la decisión de la cuestión sometida a su conocimiento, aunSue ep [ueoea QUIET quienes ve trabó ae hayan referido tan sólo al Ingar del heeho.


PREFECTURA NACIONAL MARITIMA,
Dada la naturaleza de sus funciones y la jurisdicción que ejerve, que puede provenir del lugar o de la materia de e se trata, la Prefectura Nacional Marítima es una in

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional, Cansas penales, Generalidades.

Entre les ema encuptundos Mur el deve públi interno, a que se refiere el art. 25, ine. 19 del igo de Procedimientos en lo Criminal, está comprendido el juzgamiento de los delitos comunes cometidos contra o por empleados federales ue ron arepio € le Apueto por los arts. 43 de la ley 13.998 y 1° de la 14.180, corresponde a la justicia nacional en lo penal especial de la Capital Federal.

JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Causas perales. Casos raríns.

Correguado a la justicia nacional en lo penal ecial de la Capital A e [e dicha ciudad, conocer del atentado y resistencia a la autoridad cometido en perjuicio de un ayudante de la Prefeetura Nacional Marítima mientras cumplía servicios en el Puerto de la Capital Federal, y precisamente como consecueneia del desempeño del mismo.

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Año: 1956, CSJN Fallos: 236:296 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-236/pagina-296

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