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Año: 1956, Fallos: 236:301 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de noviembre de 1956.

Autos y vistos; considerando Que hasta ahora no aparece configurado en autos delito alguno en perjuicio del Fisco Nacional.

Por ello y lo dictaminado por el Sr. Procurador General, se declara que corresponde al Sr. Juez Nacional en lo Penal de Instrucción seguir conociendo de esta enusa. Remitansele los autos y hágase saber en la forma de estilo al Sy. Juez Nacional en lo Penal Especial de la Capital.

ALrueDo Oncaz — Manver J. AncaÑaRís — Exnique V. GaLL — Carros Hennena — Bensamín ViLLecas BAsavil

RASO.

JOSE MARIO BOBBA v. S. A. FRIGORIFICO ARMOUR

DE LA PLATA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Uvestión federal. Cuestinnes federales simples. Interpretación de las Teyes federales, Procede el recurso extraordinario contra la sentencia que deseonoce el derecho del recurrente, fundado en la interpretación del deereto-ley 31.665/44 (1),
JURILACION DEL PERSONAL DEL COMERCIO, ACTIVIDA-
DES AFINES Y CIVILES. Jubilaciones, Con arreglo a lo dispuesto en el art. 58 del deeretoley 31.665/44, para que el E quede eximido de pagar indemnización por antigtiedad al dependiente des— 0) 19 de noviembre, Fallos: 285, 202 y 225.

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Año: 1956, CSJN Fallos: 236:301 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-236/pagina-301

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