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Año: 1956, Fallos: 236:559 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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juicio al actor (art. 28, ley 13.264). Confirmanse las regulaciones practicadas en la sentencia rectrrida, Aurnevo Oncaz — Maxver e.

Ancañanis — ExmQue V.

Garni — Cantos Hennewa — BexJamíN VirLecas BAsavit.

BAÑO.

LUCIANA BIANCHI DE QUINTANS v. PROVINCIA DE
CORDOBA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestión federal, Cuestimes federales simples. Interpretación de las leyes fedovales, Leyes federales de cardeter procesal, Procede el recurso extraordinario fundado en la interpretación del art. 55, ine. a), de la ley 13.998, contra la sentencia que desconoce el fuero federal invoendo por el reeurrente, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Por la materia. Cansas excluidas de la competencia nacional.

Causa civil es aquella que surge de estipulación o contrato, y no aquella que, aun demandándose restituciones, compensaciones o indemnizaciones de carácter civil, tienda al examen y revisión de los actos administrativos, legislativos o judiciales de las provincias en que éstas procedieron dentro de sus facultades propia reconocidas por el art. 104 y sigtes. de la Constitu Nacional.

Esta conclusión, que respeta en su esencia el régimen representativo federal, no excluye el examen y rectificación de las normas provinciales que contrarían la Constitución Nacional, las leyes del Congreso y los tratados con las naciones extranjeras, cuya supremacín se hace efectiva mediante el recurso extraordinario, JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional, Por la materia, Causas erclubdas de la competencia nacional.

No empie a la justicia nacional conocer, de la demanda promovida por un vecino de la Capital Federal contra la

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Año: 1956, CSJN Fallos: 236:559 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-236/pagina-559

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