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Año: 1957, Fallos: 237:530 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MERCEDES SAAVEDRA Y OTRAS v. NACION
ARGENTINA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva, Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias, Por falta de sentencia definitiva, no procede el reeurso extraordinario contra la senteneia que, interpretando lo dispuesto por la ley 12615, declaró nulo el decreto 1345545 que privó a las actoras del derecho de pensión que les había sido acordado de conformidad a la ley 11.412 y defirió el cobro de las enotas atrasadas a la consideración, por el Poder Ejeentivo, de las prichas que se produzean y demás requisitos lerales exivibles.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 3 de mayo de 1957, Vistos los antos: "Saavedra Mercedes y otras c./ Gobierno de la Nación s./cobro de pesos", en los que a fs, $ se ha concedido el recurso extraordinario contra la sentencia de la Cómara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Penal Especial y en lo Contenciosondministrativo de fecha 22 de junio de 1956.

Y Considerando:

Que la sentencia recurrida de fs, 82, interpretande lo dispuesto por la ley 12.613, declaró nulo el deereto 13,455/45 que privó a las actoras del derecho de pensión que les había sido acordado de conformidad a la ley 11.412, y defirió el cobro de las cuotas atrasadas a la consideración del P, E., "de acuerdo con lo que disponen las normas reglamentarias vigentes, y las pruebas que produzcan las interesadas neerea de la fecha en que se radicaron en el puís, y cumplimiento de los domás requisitos aplienbles"°.

Que, en estas condiciones, el reeurso extraordinario deducido contra esta última parte de la sentencia es

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:530 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-237/pagina-530

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