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Año: 1957, Fallos: 239:452 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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se confirma la sentencia apelada en lo que ha sido materia del recurso extraordinario.

ALrreDo Oncaz — MANUEL J. ArgaSarás — Enrique V. Gar — Carros Herrera — BENJAMÍN Vi

LLEGAS BASAVILBASO.

HECTOR MIGUEL BOTTA
SERVICIO MILITAR,
Debe ser exceptuado del servicio militar obligatorio el ciudadano que ha aereditado ser el único sostén de su madre de crianza, que lo amparó desde que tenía 25 días de edad y respecto de quien el comportamiento del solicitante ha sido, durante su vida, el que la ley reconoce y ampara en el hijo para liberarlo de los deberes del servicio militar. La cireunsiancin de que, no se haya constituído un vínculo legal, como la adopeión, no es decisiva en materia de excepciones militares, a fin de no comprometer la subsistencia o tranquilidad de los hogares que necesitan indispensablemente la colaboración del ciudadano llamado al servicio.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de diciembre de 1957.

Vistos los autos: "Botta, Héctor Miguel s./ excepción militar", en los que a fs. 36 se ha concedido el recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones de Rosario, de fecha 2 de noviembre de 1956, Considerando:

Que habiéndose cuestionado en el sub judice la inteligencia de una norma de carácter federal y siendo la sentencia definitiva contraria a la pretensión del apelante, el recurso extraordinario es procedente.

Que el actor solicita se le acuerde la excepción al servicio militar obligatorio en razón de ser el único sostén de su "madre de crianza", señora Anita Botta de Chialvo, de estado viuda fs. 6).

Que esta circunstancia ha sido suficientemente acreditada en autos, estando probado, además, que el solicitante fué criado por aquélla desde que tenía 25 días de edad, a raíz del falleci miento de su madre.

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Año: 1957, CSJN Fallos: 239:452 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-239/pagina-452

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