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Año: 1959, Fallos: 243:435 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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enestiones de hecho y de derecho común, que no guardan relación tlirecta con las cláusulas constituci. nales invocadas. Y cualquiera sea el error o el acierto del mencionado fallo, se trata de una resolución suficientemente fundada, a la que no es aplicable la jurisprudencia establecida en materin de arbitrariedad, Por ello y lo dictaminado concordantemente por el Señor Procurador General, se desestima la precedente queja.

Ateo Oncaz — AmistónuLo D.

Aníoz vz Lamar — Louis Manía Borr: Bosceno — Junio

OYIANARTE.


MARIO CANALES
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Causas penales.

Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las instituciones nacionales.

No corresponde a la justicia nacional en lo eriminal y correecional federal de la Capital, sino a la nacional en lo eriminal de instrucción, conocer de la cmmsa iniciada a raíz de la posible comisión de falsedades instrnmentales por parte de un notifiendor dependiente de la Oficina de Mandamientos y Notifienciones para la Justicia de In Capital, al diligenciar varins cédulas en un expediente tramitado ante un Juzgado Naciona! de Paz de dicha ciudad. Se trata de hechos que podrían constituir delitos comunes, eometidos por un empleado nacional en el desempeño de funciones locales,
DICTAMEN DEL Procuranor GENERAL
Suprema Corte:

La oficina de notificaciones y mandamientos es un organismo judicial de orden local, y, en consecuencia, el conocimiento de los delitos cometidos por sus empleados en el ejercicio de las funciones que les competen, es, en principio, de conocimiento de los tribunales nacionales en lo criminal o correecional, según y fuere el caso. Tal es la doctrina sentada por V. E. respecto de los empleados de la Policía Federal que prestan servicios locales en esta Capital (Fallos: 237:582 ), no obstante que, en el cumplimient. de sa misión, aquéllos cooperan igualmente con In justicia en lo federal, Por cierto que si se tratara de falsedades cometidas por funcionarios de la oficina de notificaciones y mandamientos en una causa en trámite ante los tribunales en lo federal, el averi

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Año: 1959, CSJN Fallos: 243:435 
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