Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1959, Fallos: 243:44 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

SOLEDAD CLARA ALIX BONARD 05 GARABATOS y. "

MANUEL GARABATOS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones na federoles.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas 4 honorarios.

La atinente a la regulación de honorarios en las instancias ordinarias es ajeno a la jurislicción extraordinaria de la Corte (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Itolación directa. Normas estrañas al juicio. Dispasiciones coustituriomales, La apreciación de si la regulación prarticnda corresponde al mérito de la Inbor emmplida y a la complejidad del emo, no sustenta la impugnación constitucional con hase en los arts, 17 y 15 de la misma, VALENTIN KRUKOV y OTROS y. SOLLAZZO IMenwaxos RECULSO ENTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal, Oportunido!. Planteamiento en el escrito de interposición del recarso estraordivario.

De conformidad con el art. 113 del Reglamento para la Justicia Nacional y la jurisprudencia de la Corte, cuya doctrina ha sido admitida por el art. 28 del decreto-ley 1245/55, la admisibilidad de les recursos respecto de las resoluciones contradictorias de Sulas de una misma Cámara, está condicionndn a a invoención anterior al fallo de la enusa del precedente que se estima incumpatible con el pronunciamiento, Dicho reenudo no resulta cumplido cuando en la expresión de agravios úlo se invoenron pronunciamientos. de primera instancia y en el escrito de interposición del recurso extraordinario, vale decir, después de dietada la sentencia final de la enusa, reción se hizo mérito aceren de la contradicción entre fallos del tribal de alzada (5).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas ritrañas ul juicio. Disposiciones constitucionales. Art. 16.

La existencia de =enteneias contradictorias en ma-eria no federal, como lo v< la vinentado a la indemnización por despido, no de Jugar a recurso extraerdinario coli fundamento enel art. 16 de la Constitución Nacional.

= (1) 13 de febrero.

71 13 de febrero. Falles: 215:456 ,

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

7

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1959, CSJN Fallos: 243:44 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-243/pagina-44

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 243 en el número: 44 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com