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Año: 1960, Fallos: 246:176 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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176 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA $ Remitido el oticio a dicho Juzgado, el Titular plantes la competencia ver: fs. 35 vta. y fs. 42 vta), a pesar que en el oficio librado con fecha 26 de noviembre del corriente año, se transeribió el auto de fs 39 (en donde se mantenía la competencia del fuero Isboral), .

5 Entiende el proveyente, que no corresponde desprenderse del presente exhorto, ya que el motivo por el enal fué enviado, fué el pedido de embargo sobre los fondos que la demandada pudiera recibir de las empresas que se detallan a fs. 1 situación que evidentemente estapa a la jurisdieción del Juzgado de Registro, y en enanto a la materia del oficio de fs. 1 via. enbe hacer resaltar, que se trata de una medida dispuesta, a pedido del encargado de diligenciar la rogatoria, a fin de poder nelarar la situación de Telam S. A. frente a la demani dada, a los efectos de comprobar si existe alguna relación entre ellas, y si las obligaciones y derechos de la S, KR. L., fueron adquiridos por la S. A., como contimuadora de la primera: 0 si bien, nada existe entre ellas, no respondiendo la sociedad anónima ante las obligaciones de Ia necionada.

6" Que en consecuencia, estimo que debe mantenerse el anto de fs, 39, ya que el informe que se solicitó a fs, 3 vta, lo fué en virtud de la contestación de la radioemisora "L. RE. 4 Splendid", y a fin de precisar la situación de diehas empresas, dado que el Sr. Juez exhortante únienmente requirió que se trabara embargo sobre bienes (en el caso de antos, sitas de dinero), que se le adeudaba ala demandada "Telam, Telenoticiosn Americana S. R. 1".

7 Que el decreto-ley 1285/55 (B. O, 7/2/58) dispuso en DICTAMEN DEL Procrranor GENERAL
Suprema Corte:

En razón de lo dispuesto por el art. 24, ie, 7. del deeretoley 1285 58, considero que la enestión de competencia a que se refieren las presentes actuaciones corresponde
Y. E.
En manto al fondo del asunto, se trata de lo siguiente: a raíz de un exhorto librado por el Tribunal del Trabajo 1° 2 de la eindad de Bahía Blanea dirigido a la justicia laboral de la Capital Federal, el titular del Juzgado Nacional del Trabajo 1" 21 —a quien toca intervenir por resolución de la Cámara del fuero— a petición de parte, se dirige por oficio al Juez Nacional en lo Comercial de Registro de esta Capital solicitándole determinada

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Año: 1960, CSJN Fallos: 246:176 
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