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Año: 1960, Fallos: 247:102 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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102 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA b) Disponer se archiven las actuaciones previa reposición del papel.

ArIStóBUIO D. Aríoz DE LaMADRID -— Luis María Borrt Boccero — Ju
LIO OYHANARTE — PEDRO ABERAS:
TURY — RicarDo CoLOMBRES.


COLEGIO DE MEDICOS LEGISTAS

CUERPO MEDICO FORENSE.
El art. 39 de la ley 12.210 establece requisitos para el cargo de perito del Cuerpo Médico Forense, poseer diploma de médico legista, o ser médico con antecedentes científicos, títulos docentes o dedicación manifiesta, que demuestren idoneidad médico legal.

En consecuencia, corresponde archivar las actuaciones promovidas por la presentación del Colegio de Médicos Legistas de la Capital Federal, que expresa su disconformidad con la designación, para el cargo, de un profesional que carece de título de médico legista.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de junio de 1960, Considerando:

Que en la presentación que antecede el Colegio de Médicos Legistas de la Capital Federal expresa su disconformidad por haberse designado, en calidad de perito del cuerpo médico forense, a un profesional que carece del título de médico legista.

Que el artículo 3" de la ley 12.210 establece como requisito para el cargo de que se trata poseer diploma de médico legista, o ser médico con antecedentes científicos, títulos docentes o dedicación manifiesta, que demuestren idoncidad médico legal.

Que, como se señaló en la resolución respectiva, los nombramientos de peritos médicos recayeron en tres de los cinco profesionales inscriptos en el concurso que habían obtenido la calificación máxima de la junta integrada por tres presidentes de cámara, previo análisis de los títulos y antecedentes de los postulantes, Por ello, se resuelve disponer el archivo de las actuaciones.

AnrIstóBULO D. Aríoz De La MADRID — Luis Manía Borrr Boccero — Ju
LIO OYHANARTE — PEDRO ABERAS-
TURY — RicanDo CoLoMBREs.

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Año: 1960, CSJN Fallos: 247:102 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-247/pagina-102

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