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Año: 1961, Fallos: 250:363 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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S.R.L. Sucesores ve JUAN L, PETRONI v. ESTANISLAO VODOPIVES

Y OTROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Cosa juzgada.

La decisión atinente a la inexistencia de cosa juzgada es insusceptible de revisión en la instancia extraordinaria (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

La sentencia por ¡a cual se declara que el rechazo de la demanda por consignación no hace cosa juzgada en el juicio de desalojo, porque obedeció a circunstancias ajenas a las posteriormente debatidas, se apoya en razones suficientes para sustentarla y es insusceptible de la tacha de arbitrariedad.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias, Improcedencia del rec- 7so.

El pronunciamiento que declara la ine> tencia de transferencia ilegítima de la locación, con arreglo a las normas de derecho común que a juicio , del tribunal apelado gobiernan el caso, no puede ser calificado como arbitrario.

1) 31 de julio, Fallos: 240:423 ; 241:264 ; 242:205 ; 243:220 ; 246:384 .

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Año: 1961, CSJN Fallos: 250:363 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-250/pagina-363

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