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Año: 1961, Fallos: 250:714 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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e DICTAMEN DES PROCURADOR GENERAL E Suprema Corre:

El Presidente de la República somete a consideración de V. E, a fin de dar cumplimiento a lo preseripto en el inc, 9? del art. 86 de la Constitución Nacional, las Bulas por las que Su Santidad el Papa Juan XXITI, con fecha 10 de abril de 1960, y necediendo a los deseos expresados por el Gobierno Argentino, reordena las provincias eclesiásticas de la Nación; eleva a Arquidiócesis las Diócesis de Mendoza y Corrientes —promoviendo al proE pio tiempo a los Obispos de ambas Diócesis a la jerarquía de Arzobispos—, y erige, finalmente, las nuevas Diócesis de Añatuya, Avellaneda, San Martín, Concordia, Goya, Orán, Rafaela, San Francisco, San Rafael, Río Gallegos y Neuquén.

Toda vez que, según lo pone de manifiesto el Poder Ejecutivo en el mensaje que antecede, han quedado de aquel modo cumplidas a satisfacción del Gobierno Nacional tramitaciones que este último iniciara oportunamente ante la Santa Sede, y teniendo en cuenta que las jurisdicciones atribuídas por las Bulas de referencia a las nuevas Diócesis y Arquidiócesis en nada alteran las disposiciones de la ley 15.804 y decreto 4210/61, no encuentro inconveniente para que V. E., con las reservas de práctica que emanan de la Constitución y leyes vigentes sobre la materia, preste el acuerdo que le ha sido solicitado. — Buenos Aires, 5 de setiembre de 1961. — Ramón Lascano.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 11 de setiembre de 1961.

Vistos los autos: "Bulas de S. Santidad el Papa Juan XXIII, reordenando las Provincias eclesiásticas de la Nación, elevando a Arquidiócesis Jas actuales Diócesis de Mendoza y Corrientes, promoviendo a Arzobispos a sus titulares y erigiendo las Diócesis de Añatuya, Avellaneda, San Martín, Concordia, Goya, Orán, Rafaela, San Francisco, San Rafael, Río Gallegos y Neuquén".

Considerando:

Que el Excmo. Señor Presidente de la Nación somete a la consideración de esta Corte Suprema, a los fines expresados en el inciso 9? del artículo 86 de la Constitución Nacional las Bulas por las que S. S. el Papa Juan XXI, con motivo del deseo ex

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Año: 1961, CSJN Fallos: 250:714 
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