Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1961, Fallos: 250:713 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...


ISAAC RAMON VILLAFAÑE
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Causas penales.

Casos varios, Puesto que la obligación de incorporarse al servicio militar debe cumplirse con la presentación en el asiento de la unidad correspondiente, el conocimien» to de la presunta infracción a tal deber corresponde a la justicia federal de , Rosario, Provincia de Santa Fe, en euya jurisdicción se encuentra ese lugar; y no a la de Bell Ville, Provincia de Córdoba, donde se halla el último domicilio anotado en la libreta de enrolamiento del infractor (1).


SALOMON LIPOVETZKY yv. NUSYN N. RADZANOWSKI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Interpretación de normas locales de procedimientos, Doble instancia y recursos.

Lo concerniente a la declaración de nulidad de un recurso, con fundamento en que el respectivo escrito no fué firmado por el interesado, es cuestión de heeho y de derecho procesal, insusceptible de revisión en la instancia extraordinaria (3).

PACIFIC DISTRIBUTORS Co.

RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Sentencia definitira, Resoluciones anteriores.

No constituye sentencia definitiva, a los fines del recurso ordinario de apelación ante la Corte, la resolución que desestima la defensa de falta de acción y decreta la nulidad de lo aetuado sin la intervención de la parte legitimada (3).


CREACION m£ NUEVAS DIOCESIS y ARQUIDIOCESIS
PATRONATO NACIONAL, ,
Con las reservas que emanan de la Constitución y de las leyes dictadas con arreglo a ella sobre el Patronato Nacional, corresponde que la Corte Suprema preste su acuerdo para que el Poder Ejecutivo conceda el pase a las Bulas por las cuales el Sumo Pontífice fija la jurisdicción de las nuevas Diócesis de Añatuya, Avellaneda, San Martín, Concordia, Goya, Orán, Rafaela, San Franeiseo, San Rafael, Río Gallegos y Neuquén; se elevan a Arquidiócesis las Diócesis de Corrientes y Mendoza, señalándose su jurisdieción, y se promueve a Arzobispos a los Obispos titulares de dichas Diócesis de Corrientes y Mendoza.

1) 11 de setiembre, Fallos: 245:376 , 2) 11 de setiembre, 3) 11 de setiembre,

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

4

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1961, CSJN Fallos: 250:713 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-250/pagina-713

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 250 en el número: 713 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com