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Año: 1962, Fallos: 254:157 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Federal de Mercedes y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital acerca de que la revocación de la condicionalidad de la condena impuesta a fs. 169 debe resolverse, si fuera procedente, por la justicia de la Ciudad de Buenos Aires; también están de acuerdo en que, si correspondiera unificar las penas, ello estaría a cargo del juez que impuso la mayor, es decir, el de Mercedes. Lo único pendiente de decisión por aquélla, conforme a lo resuelto por la Cámara a fs, 197, es si los delitos que dieron lugar al proceso ante la justicia federal se cometieron o no dentro del término de prescripción de la primera condena impuesta; y es obvio que ello no requiere intervención de esta Corte, pues el juez de sentencia puede arbitrar las medidas necesarias para que se acrediten en debida forma las cireunstancias que la Cámara estima insuficientemente demostradas, , Por ello, y lo dictaminado por el Sr. Procurador General substituto, se declara que no existe en la causa conflicto que esta Corte deba resolver, Devuélvanse los autos al Tribunal de su procedencia y hágase saber en la forma de estilo al Sr. Juez Federal de Mercedes, Provincia de Buenos Aires, BENJAMÍN ViLLEGAS BasaviLBaso — ArIStóBULO D. Aríoz DE LamaDRID — RICARDO CoLomBRES — EsTEBAN Imaz — José F. Bibav.


CONSORCIO »: PROPIETARIOS Ny 17 v. MIGUEL MEREB
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Unestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos, Costas y honorarios. H Las regulaciones de honorarios devengados en las instancias ordinarias son, por vía de principio, insusceptibles de recurso extraordinario. La solución puede variar en circunstancias excepcionales como ocurre cuando, no obstante haberse propuesto articulaciones serias relativas a la determinación de los honorarios, la solución acordada no permite referir coneretazente Ia regu lación practicada al respectivo arancel.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestivnes no federales, Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso, Procede el recurso extraordinario fundado en la doctrina sobre la arbitrarie«ad contra la resolución del tribunal de alzada que, por estimaria "arreglada a derecho", confirmó la del interior por la enal, no obstante las argumentaciones formuladas por el interesado, rezuló sus honorarios omitiendo meneionar el monto computado y la norma del arancel que justificara la pertinencia de la cantidad fijada.

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Año: 1962, CSJN Fallos: 254:157 
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