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Año: 1964, Fallos: 260:61 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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acusatorio fiscal ha sido mantenido en la alzada, con lo que la enestión queda reducida alo atinente ala extensión con que las leyes respectivas regulan la competencia del tribumal superior de la causa, lo que es ajeno a la instancia extraordinaria, y no puede hallar así, el recurso deducido, fundamento en e! art. 18 de la Constitución Nacional (doctrina de Fallos: 255:349 y 553).

Por ello, y lo dictaminado por el Sr. Procurador General, se desestima la presente queja, Aristónrio D. Añíoz DE LaManrip — Penro ABErastrry (según sit v0to) — Ricardo CoromBres — Es

TEBAN IMAZ,
Voro per Señor Mixistro Docror Dox Pepro ABeristrry Considerando:

Que, en la presente casa. como lo señala el Sr, Procurador General. el recurso interpuesto por el Sr, Fiscal en lo Penal Económico contra la decisión condenatoria de primera instancia fs. 79) Mé expresamente mantenido en da alzada (fs, 85).

Que, en tales condiciones, la invocación de la garantía del art. 18 de la Constitución Nacional, que el reenrrente estima vulnerada en razón de la imposición por el a quo de sanción mayor que la solicitada por el Ministerio Público, no sustenta el recurso extraordinario. La decisión del punto debatido remite, en efecto, a la interpretación de las eyes que regnlan la competencia del stiperior tribanal de la entisa, enestión ajena ala instancia extraordinaria conforme a principios reiterados de la jurisprudencia de esta Corte (Fallos: 237:190 ; 255:349 , 35: y sus citas).

Por ello, y lo dictaminado por el Sr. Procurador General, se desestima la presente queja, Pro ABErasruny,
NORBERTO LUIS CORNEJO y. $. E. L CARULLO E IBARRA

PERENCION DE INSTANCIA,
Los plazos señalados n los efectos de la caducidad de la instancia, de conformidad con lo dispuesto por el art. ? de la ley 14.191, se computan desde la fecha de la última petición de las partes o providencia o actuación del tribu

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Año: 1964, CSJN Fallos: 260:61 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-260/pagina-61

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