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Año: 1966, Fallos: 266:279 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MARIA vz 105 ANGELES LAUFFER DE MUGICA v. MIGUEL MUGICA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Interpremción de nnrmas locales de procedimientos, Costas y honorarios, La cuestión consistente en decidir si un pleito es o no susceptible de apreciación pecuniaria, así como la de efe-tuar esa apreciación y resolver cuál es la escala aplicable a los fines de la regulación, hállanse reservadas a los jueces de la enusa (1), EUGENIO IGLESIAS v. S. A, INSUA + RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales.

Interpretación de sormas y actos comunes, El alcanee atribuido al concordato homologado con relación al erédito por honorarios enyo cobro se persigue en el eno, al que se eulifica como gasto de justicia accesorio del erédito princival, y la inteligencia acordada a los arts. 42 y 43 de In ley 11.719, constituyen cuestiones de hecho, prueba y de derecho común irrevisable en la instanera extraordinaria (2).


LUCIO JUAN FLORIO

JUBILACION Y PENSION,
Cuando median razones de orden público o de interés general, los beneficios jubilatorios pueden ser disminuidos sin menoscabo de la garantía del art. 17 de la Constitución Nacional, siempre que la redueción no resulte confisentoria o arbitrariamente desproporeionada,
DICTAMEN DEL Procurar GEXERAL SUBSTITUTO
Suprema Corte:

Se agravia el recurrente en cuanto el fallo del a quo sólo reconoce su derecho al reajuste de la prestación jubilatoria con arreglo a la escala del art. 2 del decreto 1152/63 durante el tiempo de vigencia de esta norma, la cual quedó derogada en virtud del decreto 1800/63 por los motivos que ilustran los considerandos del mismo, Estimo que el tribunal de la causa ha conformado su deci1) 14 de diciembre, Fallos: 241:200 , 2) 16 de diciembre,

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Año: 1966, CSJN Fallos: 266:279 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-266/pagina-279

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