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Año: 1967, Fallos: 268:74 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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= FALLOS DE Ly CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 14 de junio de 1967, Autos y vi-tos: considerando:

Que, como lo señala el dictamen precedente, esta Corte ha resuelto que los delitos que afectan a la administración de justicia macional de la Capital deben ser investigados por los jueces federales eon asiento en el lugar donde los hechos delietuosos se han cometido —en este caso, encubrimiento—, Por ello, y lo dictaminado por el Sr. Procurador General, se dedara que el Sr. Juez Federal de San Martín debe seguir conoendo de esta causa, que se le remitirá. Hágase saber en la forma de tilo al Sr. Juez en lo Penal de La Plata.

Evrarvo A. Orriz Bastarío — RoBERTO E. Curve — Manco AVreLIO Risoriy — Lets Cantos Cantar, — Jos E. Bin.

EDUARDO VELEZ
ITEI el pazo de nta stima de dinero, DicTamEN DEL Proceranor GENERAL Suprema Corte:

Las presentes actuaciones han sido instruidas con motivo de mgatar=e al cabo principal de Aeronáutica (E) Eduardo Vélez Eaber propuesto a varios ciudadanos próximos a prestar el servie militar conseguir su excepción mediante el pago de una suma de dinero.

Los elementos de juicio remmidos constituyen, "prima facie" y en la medida necesaria para dirimir la contienda, indicios sufientes de que el imputado ha cometido, mediante el mismo hecho,

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Año: 1967, CSJN Fallos: 268:74 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-268/pagina-74

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