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Año: 1969, Fallos: 274:467 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Estos autos promovidos por la Empresa Ferrocarriles Argentinos contra la Provincia de Santa Fe, de los que Resulta:

Que a fs, 3947 la actora demanda a dicha Provineia por cobro de mén, 585.57, más intereses y costas, Expresa que el importe reclamado equivale a los gastos que debió realizar para reparar los vagones y vías dañados con motivo del desearrilamiento que se produjo al arrollar un animal suelto, que eruzó las vías del Ferrocarril Gral, Bartolomé Mitre a la altura del Km, 189, entre las estaciones de Christophersen y María Teresa, Toda vez «ue no eran responsables los propictarios vecinos a las vías, se intentó individualizar al dueño del animal, sobre la hase de un trozo de cuero, en el cual existía la marca y que fue confiado a las autoridades policiales, quienes, posteriormente, extraviaron ese elemento de juicio, Entiende, en consecuencia, que se le ha privado de la posibilidad de demandar al dueño y en ello finca su derecho, Que a fs, 53,55 la Provincia de Santa Fe contesta la demanda y niega la importancia que la actora atribuye al retazo de enero extraviado, como así también la responsabilidad de los funcionarios policiales, Aduee que no se afirmó que el maquinista eareciera de enlpa y que, en definitiva, sólo el dueño del animal es el responsable, Que a fs, 56 se abre la causa a prueba por treinta días y las partes producen la de que informa el certificado de fs, 93, A. fs.

14 se dicta la providencia de autos para definitiva.

Y considerando :

1") Que esta enusa es de competencia originaria de la Corte Suprema, porque fue promovida por una entidad antárquica del Estado Naciona! contra una provincia (arts. 100 y 101 de la Constindia Nacional y 24, ine. 1, del deereto-ley 1285/58 —ley n' 14.467—).

2?) Que el 24 de junio de 1966, aproximadamente a las 19,20, un convoy de la actora embistió un animal vacuno que se hallaba suelto sobre las vías, a la altura del Km. 189 del Ferrocarril General Bartolomé Mitre, entre las estaciones Christophersen y María Teresa, El choque produjo el descarrilamiento de dos vagones jaula que resultaron averiados, al igual que las vías y durmientes, La reparación se ejecutó por la Empresa actora y los gastos ascendieron a món, 585.573. la 3") , para la investigación del hecho, se entregó a PELA e un trozo de cuero del animal atropellado,

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Año: 1969, CSJN Fallos: 274:467 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-274/pagina-467

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