Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1971, Fallos: 275:362 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

de la presunta defraudación intentada contra la Caja de Subsidios Famillares para el Personal de la Industria, con sede en la Capital Fede ral, que se habría consumado al presentar ante esa Caja documentación fraguada, enviada desde aquella Provincia, para acreditar supuestos pagos de salarios familiares, que dieron lugar a transferencias de fondos a los empleadores, sumas que éstos no tenían derecho a cobrar. Ello así, conforme al principio según el cual el hecho punible se estima cometido en todas las jurisdicciones a través de las cuales se desarrolló la acción y también en el lugar de verificación del resultado, lo que permite elegir una de dichas jurisdicciones atendiendo las exigencias de una mejor economía procesal.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Las presentes actuaciones tienen por objeto investigar presuntos delitos de defraudación cometidos en perjuicio de la Caja de Sub- ú sidios Familiares para el Personal de la Industria por los responsables de diversas firmas dedicadas a la explotación forestal, las cuales desarrollan sus tareas en la provincia de Santiago del Estero.

Las defraudaciones, todas similares en su modalidad, habrían consistido en declarar a la Caja supuestos pagos de salarios familiares, que dieron lugar a que esa institución transfiriese a los empleadores sumas que éstos no tenían derecho a percibir.

En la generalidad de los casos habría actuado como gestor de los trámites ante la Caja, o formalmente como mandatario, el imputado Antonio Brunello, que tenía instalada una oficina en la ciudad de Santiago del Estero, y que, según lo afirma el memorándum de fs. 1, empleó como elementos justificativos de las declaraciones inexactas incluso partidas de nacimiento falsificadas.

La posible existencia de tales maniobras fue denunciada por el gobierno de la provincia de Santiago del Estero al juez federal con jurisdicción en ella (fs. 8 vta), que se declaró competente para conocer al respecto, salvo en lo tocante a las falsificaciones de partidas de nacimiento, ordenando que se diera intervención a los tribunales provinciales en estos últimos hechos (auto de fs. 9).

El 23 de noviembre de 1967, un mes después de dictada por el juez de Santiago del Estero la aludida providencia de fs. 9, la Caja de Subsidios Familiares para el Personal de la Industria presentó ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n' 3 de la ciudad de Buenos Aires una extensa denuncia concerniente a los delitos mencionados.

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

8

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1971, CSJN Fallos: 275:362 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-275/pagina-362

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 275 en el número: 362 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com