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Año: 1971, Fallos: 279:19 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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SANTIAGO GRAS6I IURISDICCION Y COMPETENCIA: Compctencio penol, Delitos en particular, Defroudación, El delito de retención indebida se perfecciona donde debía e"ectuarse la entrega e devolución de la com (1).

MARCELO BENIGNO ANDRADA "
JUENDICCION Y COMPETENCIA: Computencia militar, Con arreglo a lo dispuesto por los arte, 108, Ine, 2, 878 y 879, ine. 4, del Código de Justicia Militar, corresponde a la justicia castrense conocer del sumario que se instruye a raíz de la muerte de un endote de la Escuela de Aviación Militar ceurrida mientras, en acto de servicio, participaba de una competencia de volovelismo organizada por una institución civil (%).


HEBERTO ALEJANDRO LABOUREAU y, TERESA MANUELA

FERREIRO DE CLAPES
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantias. Igueldad, Los preceptos de los arts. 69 de la ley 16.739, 27 de la ley 17.007 y 650 del Código Procesal, en cuanto autorizan a iniciar la acción de desalojo antes de —" haber vencido el término de la loración, no vulneran la garantia constitucio mal de la igualdad.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías, Igualdad, La garantía constitucional de la igualdad no puede considerarse vulnerada si la norma legal no fija distinciones irrasonables mi es inspirada en fines de L ilegítima persecución o indebido privilegio de permnas o grupos de personas.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Ecquisitos comunes, Gravamen, Los agravios meramente hipotéticos o conjeturales no autorizan la intervención de la Corte por vía del recurso extraordinario,
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte :

La demandada interpone, a fa. 124/126 del principal, recurso extra.

ordinario de apelación contra el fallo de la alzada, que desestimó los a 5 de debrero. Talles: 100:200 . «

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Año: 1971, CSJN Fallos: 279:19 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-279/pagina-19

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