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Año: 1971, Fallos: 280:68 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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En cuanto al fondo del asunto, las cuestiones que articula la apelante en su memorial de 1. 291, son, por su naturaleza, ajenas a mi dictamen.

Buenos Aires, 12 de abril de 1971. Eduardo HH. Marquardt,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de junio de 1971, Vistos los autos: °° Acuña, Susana Angola Loredo de e/ Ferrocarriles Argentinos 5/ daños y perjuicios", Considerando :

1) Que la sentencia de la Sala B de la Cámara Federal de Rosario, Provineia de Santa Fe, confirmó en lo principal la de primera instaneia, que había hecho agur a la demanda de daños y perjuicios deducida por la actora contra Ferrocarriles Argentinos, y la modificó en el porcentaje de culpa atribuido a las partes, En su mérito, elevó el monto de la indem nización a 61.285,50 pesos ley 18.188. En cuanto a la reconveneión de la demandada, deelaró mal conerdido el recurso de apelación, 2") Que consentido el fallo por la aecionaz:ie, la empresa demandada interpuso recurso ordinario de apelación, que es procedente en virtud de lo dispuesto por el art. 24, ine, 6, ap, a), del deereto-ley 1255/58, sustituido por la ley 17.116.

3) Que el agravio principal de Ferrocarriles Argentinos versa sobre Ja eulpa eoneurrente —que la sentencia adjudiea en un 60 a la empresa y en 40 para la víetima— por estimar que el aceidente se produjo por eulpa exclusiva de la persona que conducía el automóvil que motivó el luetuoso sueeso, Expresa además su disconformidad con el monto del luero cesante reconocido a la actora y a sus hijos menores, y sostiene la improeedencia de la indemnización por daño moral, En definitiva solicita s:

revoque el fallo y se rechace la acción, con costas, +) Que el accidente ferroviario que origina el reelamo tuvo lugar alrededor de las 3 horas del día 8 de febrero de 1967 en el paso a nivel del Ferrocarril Belgrano, donde eruza la ruta nacional N" 16, En csas circunstancias, el automóvil marea "Unión", en el que viajaban Rodolfo Domingo Castello y Fernando Héctor Acuña, chocó eon el tren de carga N° 2413, máquina Diesel N' 5748, que con 12 vagones se dirigía de Retiro

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Año: 1971, CSJN Fallos: 280:68 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-280/pagina-68

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