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Año: 1971, Fallos: 281:166 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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cularidades del caso para rechazar la intervención de los tribunales loenles quedan disipadas si se otorga competencia al fuero de la ley 19.053.

Pero de cualquier manera es preciso examinar lo concerniente a si de los términos de la ley invorada por el juez eastrense, esto es, la 19.081, surge la jurisdicción de éste.

Dicha ley, en su art. 1 faculta al Poder Ejecutivo a emplear durante la vigencia del estado de sitio °°,..las fuerzas armadas que considere conveniente en operaciones militares, a fin de prevenir y combatir la subversión interna, el terrorismo y demás hechos conexos", Y el art. 3" dispone que "El Poder Ejecutivo Nacional dispondrá el empleo de las Fuerzas Armadas,.. mediante las órdenes e instrueciones que les imparta", Por último, el art, 4" reza: °"En todos los casos en que el Poder Ejeeutivo Nacional recurra al empleo de las Fuerzas Armadas para los fines indiendos en esta ley, las Fuerzas de Seguridad y las Policiales Nacio mal y Provineiales, existentes en el lugar y las que se asignen al Comando respectivo como refuerzo y a requerimiento de éste, quedarán hajo eoneutivo Nacional recurra al empleo de las Fuerzas Armadas para los fines viones, misiones y tareas que se les impongan, Las infraeciones delictivas 9 diseiplinarias en que ineurra el personal de Fuerzas de Seguridad y Policiales en el desempeño de las actividades que le imponga el Comando mencionado, quedan sujetas a la jurisdieción castrense y serán juzgados y reprimidas conforme a las normas del Código de Justicia Militar (Ley 14.021) y su reglamentación".

Ahora bien, del auto del señor Juez de Instrucción Militar obrante a fs. 115 y del oficio de éste corriente a fs. 158/159, surge que la dotación de ta Policía Federal a euyos integrantes se imputan los hechos investigados se hallaba en Córdoba a requerimiento del Comando respectivo.

La presencia de estos efectivos tenía por finalidad eumplir, durante un día de huelga, diversas funciones de prevención, según lo indica el oficio de fx, 15/159, ya en forma netiva, ya como reserva, y el auto de fojas 115, al cual se remite el aludido oficio, precisan que las funciones de rwierencia consistían en tareas de vigilancia y patrullaje.

As, pues, el cuerpo policial debía eumplir misiones de vigilaneia y patruliaje, en forma activa o permaneciendo como reserva, De los dichos de diversos funcionarios y emplendos de la Policía Federal interrogados en la entisa surge que los efectivos que se dirigieron a la Comisaría Cuarta sulieron hacia ella del enartel o alojamiento donde se encontraban (fs. 21, 24/25, 56, 60).

Se desprende de esto que los presuntos implicados no se hallaban cumpliendo funciones de vigilancia o patrullaje en forma activa, y si su obligación hubiese sido permanecer como reserva en su lugar de estacio

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Año: 1971, CSJN Fallos: 281:166 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-281/pagina-166

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