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Año: 1972, Fallos: 284:115 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuemtiones mo federales. Inierpretación de mormas locales de procedimientos. Casos varios.

Decide un problema estrictamente procesal la Cámara al declarar que lo resuelto por el juez respecto de la prescripción de la pena quedó firme, de manera que no puede reverlo por vía del hábeas corpus a que se refiere la Constitución de Santa Fe.


CARLOS F, LEDESMA y OTROS v. FELIX ve ALZAGA UNZUE
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones mo federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso.

Procede el recurso extraordinario y corresponde dejar sin efecto la sentencia que, excediendo el límite de sas facultades decisorias, introduce fundamentos no alegados por las partes en el momento oportuno, SENTENCIA: Principios generales.

La sentencia de la causa, en materia civil, debe limitarse a lo que ha sido objeto de litigio entre las partes.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y goramtías. Defensa en juicio. Procedi miento y sentencia.

El judicial desconoce 0 acuerda derechos no debarídos es,
E o YEN
titución Nacional.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones mo federsles. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso.

Procede el recurso extrardinario fundado en la arbitrariedad contra la sentencla que no se funda en los hechos probados de la causa y prescinde de las pruebas acumuladas, cuya valoración puede ser decisiva para alterar el resul tado del pleño.

Dicrames Der Procunanon GENERAL Suprema Corte:

El tribunal de alzada decide a fs 2032/2049 hacer lugar a la acción de daños y perjuicios subsidiariamente promovida en el sub lite contra los herederos de Doña María Unzué de Alvear,

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Año: 1972, CSJN Fallos: 284:115 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-284/pagina-115

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