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Año: 1976, Fallos: 295:121 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RAIMUNDO ACOSTA v. EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS
HECUNSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Tnlerpretación de normas y actos comunes. :

Lo referente a la determinación de los preceptos de derecho común que deben regir el pleito es, como principio, facultad privativa de los jueces de la causa. En el caso, lo resuelto por la Cimara al aplicar el art. 1113 del Cúdigo Civil, con prescindencia fundada de lo dispuesto en el art. 17 de la ley 0888 invocado por la accionada es, dado el carácter no federal de tales normas, cuestión ajena a la vía de excepción (1).


JUAN A. BENBENUTO y. SAI. FRIGORIFICO LA MOROCHITA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

No procedo el recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara del Trabajo que condenó a la empleadora a proveer la prótesis bioelíctrica recla mada por el actor, pues lo atinente a la interpretación del art. 28 de la ley 9658 (modificada por decreto-ey 7604/57) es cuestión de derecho común, propia de los jueces de la causa y ajena, como regla, a la instancia del art. 14 de la ley 48 (3).


JORGE RAUL DI MATTEO y. SAL. GEMAR

RECURSO DE QUEJA.
Si en la queja no se ha efectuado el depósito que prevé el art. 286 del Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación, ello obsta a la viabilídad de la presentación directa. No procede la dispensa que asimismo prevé la norma eltada, toda vez que la exención de sellado en el orden provincial —aun en la hipótesis de corresponder en el caso— mo exime de efectuar el depósito antedicho (5).

1) 15 de junio.

2) 15 de junio. Fallos: 276:46 ; 290:82 .

-) 15 de junio. Fallos: 273:219 : 274:412 ; 281:337 ; 283:94 ,

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Año: 1976, CSJN Fallos: 295:121 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-295/pagina-121

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