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Año: 1977, Fallos: 298:533 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CARLOS FELIX CONCIGLIO v. BANCO DE 14 NACION ARGENTINA
EMPLEADOS BANCARIOS.
Corresponde rechazar el pedido de reincorporación de un empleado bancario, separado de su cargo en virtud Hel art. 13, cap. IU, del Estatuto para el Personal del Banco de la Nación y no por la ley 17.343, pues su acogimiento a las disposiciones del decreto 1316/74 —aplicable sólo cuando la separación del agente se origina en dicha ley— no procede, teniendo en cuenta que el peticionante recibió —sin efectuar reserva ni impugnación— la indemnización que prevé ese Estatuto, y que la misma es superior a la del régimen de prescindibilidad citado.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Vienen estos autos a dictamen a raíz del recurso extraordinario interpuesto a fs. 102/104 contra el fallo de la Cámara Federal de la Capital —Sala en lo Contenciosoadministrativo N° 2- que, al confirmar el de primera instancia, rechazó la demanda deducida por el señor Carlos Félix Conciglio con el fin de obtener su reincorporación como agente del Banco de la Nación Argentina y el cobro de salarios caídos (fs. 97/ 90).

El apelante fundó su reclamo en lo preceptuado por el decreto 1316/ 74, en cuanto faculta a determinadas autoridades a disponer la reincorporación de los agentes declarados prescindibles en función de las leyes 17.343 y 20.540.

Ante todo, cabe destacar que dicho decreto no es comprensivo de la hipótesis dé autos pues la resolución que puso término a las funciones del actor se dictó —según señala el a quo con apoyo en la documentación glosada a fs. 28 por aplicación del artículo 13 del Estatuto para el Personal del Banco de la Nación Argentino y no en uso de las facultades conferidas por las leyes 17.343 y 20.549.

Por lo demás, y aun de admitirse como pretende el recurrente la aplicación al caso del decreto 1316/74, la acción tampoco sería viable.

En efecto, según tuve oportunidad de manifestarlo al dictaminar en el día de la fecha, en la causa "González, Alberto Luis c/Banco Central de la República Argentina s/reincorporación" —G. 265, L. XVII, para posibilitar el reingreso de los agentes declarados prescindibles, el decreto invocado exige, de modo ineludible, la determinación de la nece

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Año: 1977, CSJN Fallos: 298:533 
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