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Año: 1977, Fallos: 298:536 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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GLORIA MARIA ASCENSIÓN DOMINGUEZ y. UNIVERSIDAD
ve BUENOS AIRES CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de propiedad.

Na corresponde otorgar el título de "Licenciada en Economía Política" a quien, si bien aprobó la mayor parte de las asignaturas de su carrera estando Vigente ese régimen, egresó de la Universidad de Buenos. Aires cursando la última materia de acuerdo al plan de estudios aprobado por Resolución N' 847/70, en virtud del cual recibió el diploma de "Licenciada en Economía", Lo resuelto no afecta un derecho adquirido, sino sólo un derecho en expectativa, que se hallaba supeditado a la aprobación de todas las materias del plan de estudios dentro del ámbito temporal de validez de la norma que lo establecía.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Vienen estos autos a dictamen a raíz de la apelación extraordinaria deducida a fs. 157/1590 por la actora contra el fallo de la Cámara Federal de la Capital —Sala en lo Contenciosoadministrativo N° 1 que, al confirmar el de primera instancia, rechazó la demanda promovida por aquélla para que se le expida el título de "Licenciada en Economía Política", declarándose la nulidad de la resolución (C.S.) N° 847/70 de la Universidad de Buenos Aires (fs. 151/154).

Sí bien el escrito de interposición es en extremo limitado respecto a la formulación de una crítica concreta y razonada del pronunciamiento en cuestión, estimo que puede tenerse por cumplida tal exigencia relativa a la procedencia formal del recurso intentado pues expone no obstante, en forma mínima, argumentos tendientes a demostrar la violación de normas constitucionales invocadas como sustento de la acción.

Pienso, por el contrario, en lo que atañe al fondo del asunto, que no asiste razón a la apelante. En efecto, según señala con acierto el tribunal a quo con apoyo en las constancias de autos, al entrar en vigencia el plan de estudios aprobado por la resolución UB.A. (C35.) N? 847/70, la actora no había cumplido la totalidad de las materias del plan que hasta ese momento daba derecho a los egresados a obtener el título de "Licenciado en Economía Política" en lugar de "Licenciado en Economía" que corresponde al nuevo plan aprobado por aquella resolución, sicndo bajo este último régimen que se produjo el egreso de la demandante,

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Año: 1977, CSJN Fallos: 298:536 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-298/pagina-536

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