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Año: 1977, Fallos: 299:38 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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NORMA B. VACCARO v. JUAN SCHLUND y OTROs
RECURSO DE QUEJA.
Si hien algunos de los agravios expuestos en el remedio federal pueden resultar comunes a ambas condenadas, cuando en él se persigue la defensa de intereses propios de cada una de aquellas partes, que sustentan pretensiones autónomas, la exigencia del art. 286 del Código Procesal debe ser cumplida por ambas recurrentes, sin que excuse esta omisión la circunstancia de haberse teducido el recurso en escrito conjunto y ser una sola la queja presentada tras su denegatoría. No corresponde intimar el cumplimiento de ese requiísito, pues él debió hacerse efectivo dentro del término establecido para la deducción del recurso de hecho (1).

SA CHIMALAU, C.LEA, Y 4. y. CAJA DE SUBSIDIOS FAMILIARES raña
EL PERSONAL nr 14 INDUSTRIA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Nequisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

En principio, no cabe rever por vía de la apelación del art. 14 de la ley 48 el alcance atribuido, con hase en los hechos de la causa, a normas propias del «derecho previsional, al estar ellas comprendidas entre las que resultan propias del Código de Trabajo y Seguridad Social a que se refiere el actual texto del art. 67, inc. 11, de la Constitución Nucional, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Interpretación de normas y actos comunes.

Lo atinente a determinar si corresponde 0 no el aporte patronal con destino al pago de asignaciones familiares, respecto del personal embarcado en bmgues pesqueros de altura, con contratos de ajuste mediante retribución "a la parte", no revide aspectos que puedan considerarse sustraidos de lo que sería propio del Código de Trabajo y Seguridad Social a que se refiere el art, 67, inc. 11, de la Constitución Nacional, toda vez que las facultades que se atribuyen a los organismos de aplicación del sistema de remuneraciones en el aspecto que se controvierte, no confieren a las normas en que se basaron sus decisiones el carácter de derecho federal.

0) MH de octubre. Fallos: 278:37 ; 259:66 , 196.

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Año: 1977, CSJN Fallos: 299:38 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-299/pagina-38

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