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Año: 1978, Fallos: 300:346 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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cuenta mil ochocientos cincuenta y un pesos con setenta y ocho centavos ($ 350,851,78), con intereses desde la notificación de la demanda; costas en el orden causado, en razón de no existir jurisprudencia uniforme sobre la cuestión de fondo planteada.

ADoLro R. GABiEnLs.

JOSE 1 FOTI 1. CMA De CREDITOS ARRIBAÑOS COOPERATIVA Lina.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comunes, La sentencia que versa sobre normas de derecho común (ley 14.250) con fundamentos que la hacen irrevisable en instancia extraordinaria, es ajera al recurso del art. 14 de da ley 48 (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Interpretación de las leyes federales, La ley 15061, de entades financieras, es de carácter federal.

EMPLEADOS BANCARIOS
Corresponde excluir al apelante, empleado de una caja de crédito, del regimen del personal bancario, si el art. 22 de la ley de entidades fimancieras 18.061, distinzue a esas entidades de los bancos, conclusión no modificada por la ley 20574 (to, deer. 1965/74), disposiciones que por otra parte no contienen referencia alguna a materia laboral,

S.A. FONTEN C.LE.LA.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestimes no federales. Interpretación de mormas y delos comunes 730 de marzo. Fallos: 275:505 ; 276:46 .

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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:346 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-300/pagina-346

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