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Año: 1978, Fallos: 300:704 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Limitándome a la legislación nacional, advierto a través del estudio de su evolución que la tendencia ha sido la de acentuar las restricciones en cuanto al funcionamiento de empresas de colocación con fines de luero.

La ley 817 de Inmigración y Colonización, del 19 de octubre de 1976, es la primera regulación positiva que se ocupa del tema y pone a cago del Estado funciones de esa naturaleza. El inciso 7 de su artículo 3" establece que el Estado proveerá "a la colocación de los trabajadores por medio de las oficinas de trabajo".

Posteriormente, el Departamento Nacional de Trabajo, reglamentado en su funcionamiento por la ley 8999, creó el primer registro de colocaciones para obreros, que debía coordinar la oferta y la demanda de trabajo y realizar la inspección y vigilancia de las agencias privadas de colocaciones.

Por la ley 9148 (1913) se crearon agencias oficiales en todo el país y la ley 9661 prohibió a las privadas el cobro anticipado de comisiones.

Se adelantaron a la ley nacional en examen las provincias de Santiago del Estero y Santa Fe, que por decreto del 15 de octubre de 1928 y por ley 2426 (artículo 114) respectivamente, prohibieron, en el ámbito local, el funcionamiento de oficinas de colocaciones con fines de luero.

Otro antecedente de entidad lo constituye la ratificación por nuestro país —por ley 11.725 del 28 de septiembre de 1933— de la Convención de Wáshington de 1919, que recomendó la abolición de las oficinas privadas de empleo retribuidas.

La ¡Argentina ha ratificado asimismo el Convenio n? 8$ de la Organización Internacional del Trabajo por Decreto Ley n? 11.594 del 2 de julio de 1956), de acuerdo al cual "Todo miembro de la Organización Internacional del Trabajo, para el cual esté en vigor el presente convenio, deberá mantener o garantizar el mantenimiento de un servicio público y gratuito de empleo".

Asimismo en el artículo 263 del proyecto de Código Nacional del Trabajo del Dr. Saavedra Lamas se consigna: "Las agencias par

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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:704 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-300/pagina-704

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