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Año: 1978, Fallos: 300:905 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA | Buenos Aires, 16 de agosto de 1978.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Godoy de Montenegro, Felisa c/Empresa Expreso Ciudad de Posadas", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

19) Que a fs. 294/288 de los autos principales que obran por cuerda (y a cuya foliatura se referirán las citas posteriores), la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Paz Letrada de la Provincia de Corrientes, elevó a $ 200.000 la suma resarcitoria fijada en el fallo de primera instancia (fs. 221/225) que había hecho lugar a la demanda deducida a raíz del deceso del esposo y padre de los actores, como consecuencia de un hecho ilícito.

A fs. 293 se dedujo por aquéllos el recurso extraordinario cuya denegación a fs. 302/303 dio motivo a la presente queja.

29) Que en un pronunciamiento aclaratorio (fs. 292) se estableció la suma de $ 180.000 como adicional —corrección numeraria— s0bre la de $ 20,000 que, como base del resarcimiento se había admitido de acuerdo con lo antes resuelto en sede penal en cuanto a la responsabilidad del conductor del vehículo, de propiedad de la aquí demanda, con el que se causó el deceso de la víctima. Para ese reajuste se computó el período corrido desde la. fecha en que quedó firme | fallo condenatorio antedicho (7 de febrero de 1972; copia de fs.

145/1498), hasta la decisión del a quo (24 de agosto de 1977).

39) Que lo atinente al monto en que deben corregirse los valores a fin de compensar la pérdida del poder adquisitivo de la moneda constituye una cuestión de hecho y prueba, materia propia de los jueces de la causa y ajena a la instancia del art. 14 de la ley 45.

Tal principio, empero, no resulta óbice para que pueda por esa vía conocer esta Corte en los supuestos de fallos fundados de modo insuficiente o cuando, como en el caso, la ponderación de la realidad económica satisface sólo en apariencia el principio de la reparación integral ("Sánchez de la Reta, Federico Carlos c/Departamento Provincial de Irrigación", 11 de octubre de 1977, entre otros).

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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:905 
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