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Año: 1978, Fallos: 300:903 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad.

La exigencia de; oportuno planteamiento del caso federal, a los efectos e la procedencia del recurso extraordinario, no rige cuando se halla en Mcuiba el alcance de normas federales y la decisión apelada resuelve el litigio según la interpretación que usina a ellas (°).

EDGARDO DAVID BELTRAME v. AGUA Y ENERGIA ELECTRICA ver

ESTADO
DAÑOS Y PERJUICIOS: Culpa. Extracontractual.

Si la sentencia de primera instancia condenó en forma solidaria al paro ML na" imlemmización a la Empresa Agua y Energia Eléctrica del Estado y al comtratita de la obra en cuya realización ocurrió la muerte de aa orsona que sufrió una descarga eléctrica mientras trabajba en la calo Peción de postes, y la de segunda instancia confirmó lo resuelto con vespecto a la empresa por responsabilidad estracontractual, y condenó ¿l reeitbta a abonar a dicho ente la suma que se parara en virtud de 1 condena, considerando que el mismo se hallaba sujeto a responsabilidad contractual respecto de la empresa, debe deprse sin efecto la set ara, recurrida por haber excedido la" matería que fue debate en la causa, + que versaba sobre la atribución de responsabilidad extracontractual (3).

FELISA GODOY DE MONTENEGRO v. EMPRESA EXPRESO CIUDAD »E

POSADAS
DEPRECIACION MONETARIA: Indices oficiales.

Si bien las estadísticas sobre el indice de costo de vida y precios al consumidor no obligan a los jueces, para apartarse de los datos que 1) Fallos: 137:204 , 235:76 ; 258:322 ; 205:30 ; 284:105 .

2) 16 de agosto.

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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:903 
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