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Año: 1980, Fallos: 302:1276 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Apartamiento de constancias de la causa, Corresponde dejar sín electo la sentencia en cuanto omitió pronunciarse sobre la pretensión de reintegro de las sumas paridas por la actora, sul sidiariamente introducida en el escrito de inicio —especto de la cunl dicha parte adujo, en el escrito de interposición del recurso extraordinario, haber mediado allanamiento,
MARTA E. SARASOLA ve MARKENDOREF v. ALFREDO J. MARKENDOREF
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no jederales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la comideración de extremos conducentes, :

No constituye deriva ión rizonada del derecho vigente con referencia a las ciremstancias de la cansa, y corresponde dejar sin efecto la sentencia, si el recurrente impugnó en oportunidad de expresar agravios la valoración que se hizo en el fallo de primera instancia de la prueba testimonial rendida a fin de probar La conducta injuriosa de La esposa, y ese agravio 10 fue tratado en el voto de mayoría, con L minuciosidad que imponian los términos de tales testimonios, siendo insuficiente la mera afirmación acerca del carácter vago € impreciso de Las declaraciones 0 de que los testigos no dan razón suliciente de sus divhos (1).


HUGO ALBENTO CORBALAN
RECURSO EXTRAORDINARIO: hBequisitos formales. interposición del recurso, Termino, La notificación emsada al defensor del procesado carece de virtualidad para iniciar el cómputo del término para deducir el recurso extraordinario, el que sólo comienza a partir de la notificación de la sentencia al propio encartado, 1) 4 de noviembre, Fallos: 281:209 ; 274:135 ; 284:119 : 295:95 .

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:1276 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-1276

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