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Año: 1980, Fallos: 302:488 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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488 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA petición de impuestos intereses pagados para acogerse al régimen de facilidades de pago, indebidamente abonados, y rechazar el pedido de depreciación monetaria en cuanto se solicita que ésta se compete desde la fecha en que se efectuaron dichos pagos. Buenos Aires, 21 de marzo de 1980. Mario Justo López.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de mayo de 1980, Vistos para sentencia estos autos: "Expreso Imperial S.R.L. c/Eutre Ríos, Provincia de s/repetición", de los que Resulta:

A Is. 52/76 la parte actora inicia demanda por repetición de la suma de $ 1.378.154 pagada en concepto de impuesto a las actividades lucrativas e impuesto de patentes invocando para negar facultad de imposición a la Provincia de Entre Ríos su condición de empresa dedicada al transporte interjurisdiecional, Formula extensas consideraciones sobre su derecho e impugna, a la vez, el régimen de actualización de créditos previsto en el art. D de la ley provincial 5857. Sostiene que la referida norma consagra un requisito arbitrario para el reconocimiento de la depreciación monctarig al exigir que la demanda de repetición se inicie dentro de los 30 días siguientes al pago efectuado bajo protesta ercando asi una notoria desigualdad respecto al sistema de ajuste en favor del fisco provincial y lesionando a la vez los dercchos de propiedad y de la defensa en juicio, A Es. 90/92 la Provincia de Entre Ríos se allana a la demanda reconociendo el carácter interprovincial de los servicios que presta la actora. Sostiene, en cambio, la validez constitucional del Régimen de actualización que consagra el citado art. D de Ta ley local.

A fs. 95, habida cuenta del allanamiento formulado, se declara La causa de puro derecho a los fines de resolver la cuestión constitucional planteada.

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:488 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-488

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