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Año: 1983, Fallos: 305:1744 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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tido participaron dos de los tres jueces de la mencionada Sala, actuando, como preopinante, aquel a quien le incumbía el segundo voto conforme el orden impuesto por el sorteo en su oportunidad realizado, al paso que, en ese lugar, lo hizo un integrante ajeno a dicho sorteo For encontrarse en uso de licencia por enfermedad. No formó parte del acuerdo, como de lo expuesto se infiere, el magistrado que debió Expedirse en primer término (confr, fs. 210/211 y 215, del expediente principal. agregado por cuerda).

39) Que en las condiciones descriptas, la sentencia cuestionada se torna pasible del reproche que se le endereza, toda vez que no ha sido dictada ni por la totalidad de los miembros del órgino judicial interviniente, ni por los dos de ellos a quienes les tocó el primer y segundo término en el orden de votación dispuesto, de manera tal que restó inobservado el extremo de validez que, en punto al aspecto de ésta aquí comprometido, prevé la norma aplicable en cualquiera de las dos hipótesis que consagra (art. 125, segundo párrafo. de la ley 18.345) 49) Que, como consecuencia de esto, debe procederse a la descalificación del pronunciamiento apelado como acto judicial válido, de suerte que se vuelve inoficioso el análisis de los restantes agravios invocados, Por cllo. y lo dictaminado por el señor Procurador General en sentido concordante, se hace lugar a la queja y al recurso extraordinario interpuestos, dejándose sin efecto la sentencia apelada, por lo que el expediente deberá volver a fin de que, por quien corresponda, se dicte una nueva, ADOLFO R. GaBRIELLI — ELías P. GuasTAVINO — JuLIO J. MARTÍNEZ Vivor — EMILIO P. GNnEcco.

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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:1744 
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